Titulo
La necesidad urgente
de modificar la edad requerida para contraer matrimonio conforme al articulo
148, ultimo párrafo del código civil vigente en el distrito federal
Objetivo General
Identificar las
circunstancias / motivos que inducen a los menores de edad a acontraer nupcias
a temprana edad.
Objetivos específicos
Buscar
estadísticas reales, el numero de matrimonios de menores en el estado de
hidalgo
Buscar /
explorar mediante encuestas a jóvenes sobre su matrimonio en unión libre.
Justificación
El matrimonio es
un vinculo conyugal entre un hombre y una mujer, donde ambos tienen derechos y
obligaciones, mismas que beneficien a la sociedad, económicamente activa, es
decir mediante un trabajo honrado, lo necesariamente extensible la palabra para
poder solventar los gastos del hogar.
Es necesario
reformar la edad para contraer matrimonio de menores, las llamadas uniones
libres, para asi evitar que, las mujeres que aun no cuentan con la mayoría de
edad, queden obligadas a unirse en matrimonio (como hemos venido diciendo en unión
libre que se considera en la provincia de hidalgo como un matrimonio normal),
sino que el presunto padre del bebe que espera la mujer, sea responsable de los
gastos y puedan unirse en matrimonio hasta que ambos se encuentren y cuenten
con la mayoría de edad requerida para así pode contraer nupcias legalmente o
masque eso mas responsablemente.
De lo anterior,
puedo manifestar mi postura personal, de acuerdo a lo expuesto antes: las
mujeres jóvenes son obligadas a casarse (unirse con un hombre por la fuerza),
por haber resultado quedar embarazadas, y se sabe que el marido estará a cargo
de ella por un muy corto tiempo que le resultara mas factible abandonar a la
mujer y buscar otra, sino antes y si sabe ejercer su derecho, podrá pagar una
pension alimenticia, a diferencia de estados unidos que un hombre que paga
pension, lo hace puntualmente, ya que el retraso se paga con privación de la
libertad.